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   INSCRIPCION DE DEFUNCIONES



 

-Dentro Del Plazo ( 30 Dias ocurrido el Deceso )

-Fuera Del Plazo ( Después de los 30 Dias de Fallecido )

          -Documentaciòn Necesaria Para El Traslado De Cadaveres A Perù

           -Documentaciòn Necesaria Para El Traslado De Cenizas A Perù

 

 

   DENTRO DEL PLAZO (max. 30 dias del deceso)

 

REQUISITOS

Partida de defunción original expedida por el Registro Civil de la localidad en donde tuvo lugar la defunción.

El trámite de inscripción lo puede realizar cualquier familiar, persona allegada o particular interesado, portando su documento de identidad respectivo.

Costos

La inscripción y la primera copia es gratuita.

Si se requieren de copias literales adicionales, el costo por cada copia es de 5,40 euros (S/C 6).

 

 

    FUERA DEL PLAZO (despues de 30 dias del deceso)

 

Sólo se puede efectuar en el Perú y se requiere:

Partida de defunción original expedida por el Registro Civil de la localidad en donde tuvo lugar la defunción, legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Italia y luego legalizada por este Consulado General y posteriormente, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú en Lima.

Hacer el trámite de registro en el Perú, ante el Poder Judicial.

Costo: 24 euros (S/C 30).

 

 

  DOCUMENTACION NECESARIA PARA TRASLADO DE CADAVERES AL PERU

 

1) A solicitud de los familiares o de una agencia funeraria, la Oficina Consular otorga una carta dirigida al Director          General de Sanidad  competente, para dejar constancia que el Consulado no tiene ningún impedimento para que el       cadáver salga del país.

2) Los familiares o la agencia funeraria tienen que presentar la siguiente documentación para que el Consulado pueda      emitir el Certificado de Defunción que acompañará al cadáver :

a. Original y Fotocopia del pasaporte peruano

b.   Original y Fotocopia del DNI.

c. Acta de Defunción original del Registro Civil correspondiente en Italia.

d.  Certificado médico de defunción original o autorización del juez (en reemplazo del Acta de defunción)

e.  Constancia de embalsamamiento en original

f.   Licencia para dar sepultura en original

g.  Certificado de enferetrado en original

h.  Salvoconducto mortuorio en original (opcional)

i.   Autorización sanitaria en original para el traslado de cadáveres (indispensable para el traslado de cadáveres fuera del país).

j.   Copia de la inscripción de la defunción en los Registros de la Oficina Consular.

La empresa funeraria se encarga de su tramitación.

3) El Consulado General extiende la autorización de la parte peruana para el traslado (Nulla Osta).   

Costo : La inscripción de la defunción es gratuita. Una copia del certificado de defunción es gratuita. Si requiere de copias adicionales, el costo de cada copia es de 5,40 euros (S/C 6).

 

 

  DOCUMENTACION NECESARIA PARA TRASLADO DE CENIZAS AL PERU

 

1) Los familiares o la agencia funeraria tienen que presentar la siguiente documentación para que el Consulado pueda emitir el Certificado de Defunción que acompañará las cenizas del cadáver:

a Original y fotocopia del pasaporte peruano.
b. Original y fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
c. Acta de Defunción del Registro Civil correspondiente en Italia.

d. Copia de la inscripción de la defunción en los Registros de la Oficina Consular.

e. Certificado de incineración.

 Nota.- Aunque no es obligatorio, se recomienda presentar los documentos originales comprendidos en los literales c) y d) a fin de tener un expediente que acompañe la urna conteniendo las cenizas.

Costo: La inscripción de la defunción en los Registros del Consulado General es gratuita. Si requiere de una copia literal adicional de la inscripción, el costo de cada una es de 5.40 euros (S/C 6).   

 

 

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